Tope del 6,7% para el incremento de la base gravable para vehículos

Actualmente de los 12 millones de vehículos activos en el parque automotor colombiano, más de 6,5 millones están exentos por la Ley 488 de 1998 del pago de este impuesto.

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La base gravable que usarán las secretarías de Hacienda del país para liquidar el impuesto de vehículos con vigencia 2016, no tendrá un incremento superior al 6,7 por ciento, de acuerdo con lo confirmado este jueves por la ministra de Transporte, Natalia Abello Vives,

De acuerdo con lo afirmado por Abello Vives, actualmente de los 12 millones de vehículos activos en el parque automotor colombiano, más de 6,5 millones están exentos por la Ley 488 de 1998 del pago de este impuesto, como las motos de menos de 125 c.c. y los vehículos de transporte público de pasajeros y carga, entre otros.

“Los vehículos cuyo incremento en la base gravable supere el 6,7 por ciento este año, con la aplicación del factor de mitigación, se igualarán hacia abajo hasta este mismo porcentaje. Por su parte, los que hayan tenido un incremento inferior al 6,7 por ciento, el valor se mantendrá”, destacó la Ministra.

Igualmente, la funcionaria agregó que estas medidas se tomaron para reducir el impacto económico en el bolsillo de los colombianos, ante lo cual destacó que existirán algunos beneficios.

“Adicionalmente, el resto de vehículos, los 5,5 millones obligados a pagar impuesto, recibirán un beneficio este año, gracias a que al 62% se le mantuvo su valor o se le redujo, y al 38% se le aplica el factor de mitigación anunciado”, enfatizó Abello.

Por otro lado, se creará una línea estándar para cada modelo con el fin de ayudar a simplificar los trámites; Abello Vives indicó que tendrá una base gravable específica y que les permitirá a las secretarías de Hacienda liquidar el impuesto de las líneas que por el momento no estén en la tabla.

“Tenemos equipos especializados tanto de la firma consultora como del Ministerio para atender todas las necesidades y responder rápidamente a la ciudadanía”, indicó Abello.

El impuesto lo liquidan las secretarías teniendo en cuenta la base gravable del Ministerio de Transporte y los rangos fijados por el Ministerio de Hacienda, así:

a) Hasta $42’673.000 1,5%
b) Más de $42’673.000 y Hasta $96’013.000 2,5%
c) Más de $96’013.000    3,5%

Si los vehículos usados  por efecto de su base gravable pasan en el 2016 a otro rango (por ejemplo, del A al B o del B al C) y  en consecuencia se incremente el porcentaje a aplicar, cancelarán el impuesto con el porcentaje usado en el año fiscal 2015.

Acerca de Andrés Felipe Bustamante Restrepo

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Comunicador social - educador. Dios, familia, amigos. Interesado en el proceso de paz, en los deportes y en vivir en armonía. Poco comunicador, muy periodista. Me gusta saber sobre la historia de la Colombia violenta, no por apología, más por entender el porqué de todo este complot violento en el que vivimos inmersos los colombianos del común. Creo en lo que se hace bien, como diría un maestro: “no se mate haciendo las cosas, hágalas bien”. No hay que morir en el intento, hay que hacerlo.

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