Corte constitucional exhortó al Inpec para que menores de edad puedan visitar a sus familiares

La decisión se tomó luego de la petición de un recluso en Cómbita que solicitó ver a sus hijastros.

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Foto: CORTESÍA.

La Corte Constitucional solicitó al Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario-Inpec, reglamentar el ingreso a las cárceles de menores que no estén asociados en primer grado de consanguinidad con los internos. Las razones: proteger el derechos de los reclusos y los menores a tener una familia.

La decisión se tomó luego del malestar causado en la cárcel de máxima seguridad de Cómbita, Boyacá, donde un interno manifestó sentirse atropellado cuando un guardia del Inpec le negó la posibilidad de visita de los hijos de su pareja sentimental, aludiendo a que solo hijos propios podrían ingresar al centro de reclusión.

“Cuando a un niño ha desarrollado vínculos afectivos con sus cuidadores de hecho, cuya ruptura o perturbación afectaría su interés superior, es contrario a sus derechos fundamentales separarlo de su familia de crianza, incluso si se hace con miras a restituirlo a su familia biológica”, señala el fallo expedido por la Corte.

La petición hace énfasis en la necesidad de reglamentar y regular el ingreso de los menores a las cárceles, en tanto sus parientes representan un papel fundamental en su desarrollo emocional.

Acerca de Krystell Rodríguez Castañeda

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