Artistas que son marca tienen protección ante la ley

Cualquier artista en Colombia, sea cual sea su labor, puede acudir a la Superintendencia de Industria y Comercio para registrar su nombre y garantizar los derechos sobre este.

Foto: Archivo.
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Recientemente, una marca de cosméticos quiso registrar un nombre similar al de la banda ChocQuibTown, modificando un par de letras del mismo para utilizarlo de manera comercial. El caso originó un pleito legal que terminó por proteger el nombre de los músicos chocoanos y prohibir el uso del mismo por parte de la marca de cosméticos.

Como este, hay varios casos en los que marcas pretenden hacer uso de nombres de artistas altamente reconocidos con el fin de aumentar las ventas, sin embargo, ante la ley, quienes se dedican al mundo del espectáculo tienen un mecanismo para estar protegidos.

Cualquier artista en Colombia, sea cual sea su labor, puede acudir a la Superintendencia de Industria y Comercio para registrar su nombre y garantizar, de esa manera, que los derechos sobre este le sean protegidos. Gracias a esto, el nombre de ChocQuibTown no pudo ser utilizado como marca de cosméticos.

Jorge Andrés Vanegas, abogado perteneciente a la firma Certimarcas, contó a EL PALPITAR que existen varios niveles de registro, cada uno de acuerdo a la actividad a la que la persona se dedica. En total son 45, entre las que se encuentran entretenimiento, vestuario, juguetes o maquillaje.

Cualquier nombre se puede registrar como marca, por ejemplo Suso El Paspi, que es creado por Dany Alejandro Hoyos, ese personaje él lo registró como una marca en una determinada actividad económica, porque las marcas se inscriben de acuerdo a una actividad económica. En total son 45 clases, donde de acuerdo a la actividad, usted puede aplicar a una o varias de ellas”, afirmó Vanegas.

Foto: Archivo.
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De este modo, al registrar una marca o nombre artístico en una de las categorías, se garantiza la protección del mismo dentro de la que fue inscrito y no en las otras, dejando espacio a que diferentes marcas puedan utilizarlo.  

Sin embargo, como en el caso de ChocQuibTown, la Superintendencia de Industria y Comercio evalúa la sana competencia, por lo tanto, si un producto lleva el mismo nombre que otro que ya se registró y están en categorías que podrían relacionarse, el primer nombre inscrito tendrá prioridad sobre los derechos de este.

Según Vanegas, ChocQuibTown, al ser una agrupación musical dedicada al entretenimiento, estaría registrada en la clase 41. Siendo una banda de gran reconocimiento nacional e internacional, podría estar registrada también en la clase 25, vestuario. La marca de cosméticos que pretendía tener el nombre similar, estaría registrada en la clase 3. En este punto, si bien no están en las mismas categorías, lo que se evalúa es la conectividad que hay entre cada una de ellas.

La Superintendencia protege la conectividad de las marcas, la conectividad en las clases. Entonces ella dice por ejemplo que si usted está protegido en vestuario y alguien diferente a usted quiere registrar el nombre en cosméticos, ella dice que la parte de cosméticos puede ir en una galería de compras, es decir, si usted va a un supermercado o a una tienda de ropa, usted va a encontrar la ropa en un lado y cerca los cosméticos, entonces hay esa conectividad competitiva, entonces la Superintendencia puede actuar en base a esto”, argumentó el abogado.

Un caso similar a este le sucedió a John Jairo Pérez, humorista paisa, con su personaje de Don Ebrio, con el que era reconocido por participar en la programación de una famosa emisora de música popular en la ciudad.

Cuando el humorista finalizó su contrato y actividades con la radio estación, esta pretendía quedarse con los derechos sobre el personaje de Don Ebrio, que fue todo un éxito para la emisora, argumentando que fue la empresa la que posicionó este nombre.

Sin embargo, Pérez, quien posteriormente había previsto la situación y había registrado el nombre de Don Ebrio como suyo, logró continuar con los derechos comerciales y de uso de dicho personaje. Por lo que la empresa tuvo que utilizar un nombre diferente para un personaje similar.

Es por esto que artistas colombianos como Shakira, Juanes, Silvestre Dangond, Carlos Vives, J Balvin y muchos otros han decidido proteger su nombre registrándolo y obteniendo así los derechos de uso sobre este y garantizando la no utilización de sus marcas sin autorización.

Si alguien decidiera utilizar alguno de los nombres ya registrados sin autorización, podría incurrir en dos delitos y recibir dos sanciones: “Inicialmente puede ser multado por competencia desleal de acuerdo al fallo que emita la Superintendencia, pues la demanda de competencia desleal puede ir a esta entidad, y podrían pagarse hasta 60 millones de pesos. En caso de ser usurpación, que es cuando se utiliza sin ninguna modificación, la demanda es penal, lo que puede dar de 4 a 8 años de cárcel”, indicó Vanegas.

Así, toda persona que quiera registrar su nombre como una marca, podrá hacerlo ante la Superintendencia de Industria y Comercio y el proceso de adjudicación, según el abogado, tiene una duración de seis meses, tiene vigencia de 10 años, su costo total es un aproximado de 1’300.000 pesos, 130.000 pesos por año, y una vez finalizado puede renovarse.

De este modo, la ley colombiana protege a los artistas, no sólo en cuanto a la propiedad intelectual, sino también en cuanto a la explotación y utilización de sus nombres, de manera que con el respaldo cada vez mayor de las herramientas legales, el camino para vivir del arte en Colombia poco a poco va dejando de ser tan escabroso.

Acerca de Andrea Rojas

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Lectora, cinéfila y cafeinómana compulsiva. Creo en el periodismo y el rap bien hechos. Conocí el amor cuando fui a la tribuna Norte y cuando empecé a escribir.

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