Legalización de predios, apuesta de Medellín para beneficiar a población vulnerable

El Isvimed formuló una serie de requisitos que deben cumplir las personas quienes deseen acceder al programa de Legalización. Acá se los contamos.

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Foto: ARCHIVO.

Un total de 493 familias de las Comunas 1, 2, 7, 9 y 13 (Popular, Santa Cruz, Robledo, Buenos Aires y San Javier, respectivamente), recibieron el título de propiedad de sus viviendas, las cuales en su momento no habían sido construidas con sus respectivas licencias de curaduría y normativa.

Por lo general, obtener la licencia de reconocimiento de una propiedad raíz requiere un gasto superior a los tres millones de pesos, los cuales no salen del bolsillo de la población gracias al programa de Legalización de Viviendas, que desarrolló la Alcaldía de Medellín a través del Isvimed.

Con este programa, casi 22 mil familias vulnerables y de escasos recursos económicos podrán, en el futuro, legalizar sus casas que otrora fueron edificadas sin cumplir la respectiva normativa.

Este martes 5 de abril, el grupo de 493 familias beneficiadas, además de la alta suma de dinero, se ahorró cuatro meses de trámites en curadurías, entre registros en notarías, así como escrituración, legalización, titulación y consulta del antiguo sistema, para efectos de los estudios de títulos en los temas de titulación.

Si algún ciudadano quiere beneficiarse de esta iniciativa pública, debe llenar los siguientes requisitos:

– El cabeza del grupo familiar postulante debe ser mayor de 18 años.

– El grupo familiar debe contar con ficha del Sisbén.

– Acreditar ingresos familiares iguales o inferiores a dos salarios mínimos legales mensuales vigentes.

–  La familia debe demostrar que ha habitado en Medellín mínimo por seis años, y en el caso de haber desarrollado un mejoramiento en la vivienda, este debió haber sido construido mínimamente tres años en la zona urbana antes de solicitar su legalización.

–  La familia debe tener la escritura pública registrada, certificado de libertad y tradición o compra venta con una fecha no inferior a tres años en la zona urbana y 5 años en la zona rural, del predio donde está ubicada la vivienda.

–  La vivienda debe tener impuesto predial.

–  No haber recibido subsidio de vivienda antes.

Acerca de David Esteban Álvarez Ortiz

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Soy periodista, locutor e historiador en formación. Aficionado a la cocina, al cine, al fútbol y al baile, creyente de la educación como motor de cambio. Redactor de economía y derechos humanos.

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