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OPINIÓN

Debe haber cárcel para los máximos responsables de las Farc

César Betancourt Restrepo
Última actualización: 13 de septiembre de 2016 10:02 am
César Betancourt Restrepo
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8 min de lectura
Foto: ARCHIVO.
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Es cierto que muchas víctimas ya perdonaron a sus victimarios, no obstante esta no es la voz de todas las personas que han sufrido los vejámenes de las Farc, además el perdón no excluye la responsabilidad penal (Cárcel) de quien comete los crímenes.

Farc_Cárcel_Opinión_El_Palpitar
Foto: CORTESÍA.

Aunque el presidente Santos, los miembros del Gobierno y las colectividades que apoyan el SÍ en el plebiscito digan una y otra vez que no va a haber impunidad, mienten desproporcionadamente, porque el hecho de que no haya cárcel para aquellos terroristas de las Farc que cometieron crímenes de lesa humanidad, es en sí mismo un acto de injusticia, un sapo venenoso para nuestra democracia.

Pero pongamos en la mesa los argumentos de los que dicen y defienden que los criminales de lesa humanidad y terroristas queden impunes:

  1. La cárcel no es el único castigo:

 Es cierto que la cárcel no es el único castigo, pero estamos hablando de personas que ordenaron y cometieron crímenes de lesa humanidad. Esos crímenes no son penas menores, sino delitos que afectan y dejan una cicatriz profunda en la humanidad.

Diferente es el caso de quienes no cometieron esta clase de vejámenes, pues para ellas sí aplicarían las penas alternativas e incluso, el indulto o la amnistía. 

  1. No capturaron a los miembros de las Farc:

Desde el 2001 hasta el 2012, tras el gran fracaso del Caguán, el Gobierno tomó la decisión legitima y legal de defender el Estado, las Instituciones y a los ciudadanos, de la escalada terrorista de las Farc, que aprovecharon el respiro que les ofreció Andrés Pastrana para rearmarse, crecer como organización narcotraficante y engrosar sus listas.

En ese período, gracias al Plan Colombia y a la decisión política de combatir a las Farc, se obtuvieron resultados que afectaron profundamente la estructura militar de la banda narcoterrorista, al igual que la moral de estos criminales. Basta con recordar cómo las Fuerzas Armadas abatieron a criminales como alias Raúl Reyes, alias el Negro Acacio, alias Alfonso Cano, o cómo alias Rojas asesinó a su propio comandante, alias Iván Ríos y luego se desmovilizó.

Además las cifras que ofrece el Ministerio de Defensa son completamente esclarecedoras:

33.000 miembros de las Farc capturados.

15.852 miembros de las Farc desmovilizados. 

12.800 miembros de las Farc abatidos en combate. 

Estas cifras hablan claramente de los resultados de las Fuerzas Armadas contra el grupo irregular terrorista de las Farc, que hoy cuenta con 6.300 miembros, según la Procuraduría General de la Nación. Es decir, que la captura o la derrota militar del grupo narcoterrorista era inminente.

  1. Las víctimas ya los perdonaron:

Es cierto que muchas víctimas ya perdonaron a sus victimarios, no obstante esta no es la voz de todas las personas que han sufrido los vejámenes de las Farc, además el perdón no excluye la responsabilidad penal de quien comete los crímenes.

Sugiero ver los siguientes vídeos:

  1. Declaración de Principios de las Víctimas de las Farc: https://www.youtube.com/watch?v=h_YNk_-acmw
  2. Entrevista a Diana Sofía Giraldo, Directora de la Fundación Víctimas Visibles: https://www.youtube.com/watch?v=ftN5I-SHpCA
  1. Lo que quieren es venganza:

No puede haber declaración más falsa que esta. La cárcel no puede ser entendida como venganza en un Estado de Derecho, sino que es el castigo y el repudio ante los hechos que atentan contra la misma sociedad.

Ante esto, el filósofo y sociólogo Michel Foucault señala cuáles son las reglas y principios que obedecen a la creación y función de las cárceles. El siguiente fragmento es un breve resumen que se puede encontrar en Wikipedia sobre el libro Vigilar y Castigar del académico francés.

Se considera que el delito ataca a la sociedad entera, que tiene el derecho de defenderse de él y de castigarlo. El castigo ya no puede concebirse como una venganza, sino que se justifica a partir de la defensa de la sociedad y de su utilidad para el cuerpo social (aparece, así, la importancia de la prevención del delito). Este nuevo poder de castigar se basa en seis reglas básicas:

  • Regla de la cantidad mínima: Se comete un crimen porque se espera obtener ventajas. Por tanto, el castigo tiene que superar, pero sólo un poco, esas ventajas.
  • Regla de la idealidad suficiente: La eficacia de la pena descansa en la desventaja que se espera de ella. Por tanto, el castigo tiene que basarse, sobre todo, en la representación que el posible delincuente hace de él.
  • Regla de los efectos laterales: Los efectos más intensos no se deben producir en el culpable, sino en los que pudieran llegar a serlo.
  • Regla de la certidumbre absoluta: Debe tenerse una seguridad de que el delito va a ser castigado y no quedar impune. Por tanto, el aparato de justicia debe ir unido a un órgano de vigilancia: la policía y la justicia deben ir juntas.
  • Regla de la verdad común: Siguiendo las reglas del método científico, la investigación abandona el antiguo modelo inquisitorial para adoptar el de la investigación empírica.
  • Regla de la especificidad óptima: Es necesario que todas las infracciones estén especificadas. Además, debe haber una individualización de las penas, para que se acomoden a las características de cada delincuente, que se percibe como un individuo al que es necesario conocer. Aquí tendrán acomodo las ciencias humanas y sociales aplicadas a la penalidad.
  1. La Corte Penal Internacional no pide cárcel:

Falso, los artículos 77 y 78 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional contemplan la cárcel dentro de las penas aplicables y la imposición de las penas.

Ver el siguiente link: http://www.preventgenocide.org/es/derecho/estatuto/parte-c.htm

  1. Nadie negocia para ir a la cárcel:

 Falso. Tan solo falta ver el proceso que se realizó con las AUC, en la que los máximos responsables recibieron penas alternativas de 8 años de cárcel. Lo que resulta paradójico, es que quienes criticaron en su momento que estas penas eran muy bajas (y tienen razón), son los que más defienden hoy que no haya penas de cárcel para las Farc.

Por estas razones sostengo que los máximos responsables de las Farc sí deberían ir a la cárcel y no solo tener “penas restrictivas de la libertad”, pues con la prisión se evita que se le haga propaganda al delito y al terrorismo, enviándole así un mensaje a toda la sociedad: ser pillo no paga.

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TAGGED:AUCcárcelCrímenes de Lesa HumanidadDestacadasFarcFuerzas ArmadasimpunidadInjusticiaTerrorismo
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Por César Betancourt Restrepo
Profesional en Comunicación y Relaciones Corporativas, Magister en Comunicación Política y Empresarial, escritor y periodista.

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