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POBLACIÓN

Juez falló a favor de víctimas que exigían restitución de tierras sin tener que regresar a ellas

David Esteban Álvarez Ortiz
Última actualización: 27 de octubre de 2015 4:02 pm
David Esteban Álvarez Ortiz
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4 min de lectura
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Los reclamantes fueron desplazados forzosamente de sus predios ubicados en San Carlos, Oriente antioqueño, hace varios años.

Cabecera_San_Carlos_Municipio
Cabecera urbana de San Carlos. Foto: CORTESÍA.

El Juzgado Itinerante de Tierras de Antioquia profirió sentencia a favor de una familia víctima de desplazamiento forzado del municipio de San Carlos, ante la oposición de la Unidad de Víctimas de restituirle los predios que legítimamente les pertenecen.

De acuerdo con Gerardo Vega, director de la Fundación Forjando Futuros, la familia se negó a retornar a sus predios debido a la avanzada edad de los titulares del terreno, su mal estado de salud y la imposibilidad de poder trabajar.

Cabe aclarar que, según la Ley de Víctimas, para que la restitución de tierras se haga efectiva, los reclamantes deben desplazarse hasta el terreno y habitarlo. 

Ante la negativa de las víctimas de regresar y de la Unidad para ceder, los afectados acudieron a Forjando Futuros para que se les suministrara asesoría jurídica. Fue así como el caso llegó a los estrados judiciales.

El día de ayer, un juez desestimó los argumentos de la Unidad de Restitución de Tierras para negarse a compensar a los dueños y le ordenó «restituir con tierra en otra parte o con dinero a las víctimas representadas por la Fundación», según dicta la sentencia.

Para llegar a tal resolución, el juez verificó que la familia no deseaba volver, concluyó que el retorno debe darse siempre y cuando la víctima consienta -ya que de lo contrario se incurriría en revictimización de la misma- y resolvió que las circunstancias de los reclamantes son argumentos suficientes para que se les conceda otro tipo de compensación.

«Este hecho sienta un precedente porque el opositor de las víctimas fue la Unidad. Hizo oposición a las pretensiones de los afectados; ellos solicitaban una compensación y la Unidad se opuso. Pero el juez desestimó los argumentos de ellos», indicó Vega.

¿Qué sucede cuando el retorno es victimización?

Según cifras de la fundación Forjando Futuros, se han registrado alrededor de 107 casos en los que las víctimas se niegan a regresar y que los jueces han estimado como justificadas. Las principales razones han sido falta de garantías y seguridad, restricción ambiental, riesgo natural y enfoque diferencial.

«La gran mayoría de las personas no quiere retornar, pero tienen derecho al predio. Lo que debe hacer el Gobierno es compensar a los afectados de una vez», señaló el director de la Fundación, quien aclaró que el problema de fondo radica en la Ley de Restitución a Víctimas.

«Se requiere una modificación en la Ley de Víctimas, la cual defina que cuando haya problemas de seguridad o que la víctima no desee regresar, se le compense con tierra en otro lugar o dinero», finalizó.

Siendo así las cosas, si el predio se le restituyera sin necesidad de retorno, los reclamantes podrían, transcurridos dos años, venderlo, donarlo o alquilarlo.

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Por David Esteban Álvarez Ortiz
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Soy periodista, locutor e historiador en formación. Aficionado a la cocina, al cine, al fútbol y al baile, creyente de la educación como motor de cambio. Redactor de economía y derechos humanos.

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