El Isvimed formuló una serie de requisitos que deben cumplir las personas quienes deseen acceder al programa de Legalización. Acá se los contamos.

Un total de 493 familias de las Comunas 1, 2, 7, 9 y 13 (Popular, Santa Cruz, Robledo, Buenos Aires y San Javier, respectivamente), recibieron el título de propiedad de sus viviendas, las cuales en su momento no habían sido construidas con sus respectivas licencias de curaduría y normativa.
Por lo general, obtener la licencia de reconocimiento de una propiedad raíz requiere un gasto superior a los tres millones de pesos, los cuales no salen del bolsillo de la población gracias al programa de Legalización de Viviendas, que desarrolló la Alcaldía de Medellín a través del Isvimed.
Con este programa, casi 22 mil familias vulnerables y de escasos recursos económicos podrán, en el futuro, legalizar sus casas que otrora fueron edificadas sin cumplir la respectiva normativa.
Este martes 5 de abril, el grupo de 493 familias beneficiadas, además de la alta suma de dinero, se ahorró cuatro meses de trámites en curadurías, entre registros en notarías, así como escrituración, legalización, titulación y consulta del antiguo sistema, para efectos de los estudios de títulos en los temas de titulación.
Si algún ciudadano quiere beneficiarse de esta iniciativa pública, debe llenar los siguientes requisitos:
– El cabeza del grupo familiar postulante debe ser mayor de 18 años.
– El grupo familiar debe contar con ficha del Sisbén.
– Acreditar ingresos familiares iguales o inferiores a dos salarios mínimos legales mensuales vigentes.
– La familia debe demostrar que ha habitado en Medellín mínimo por seis años, y en el caso de haber desarrollado un mejoramiento en la vivienda, este debió haber sido construido mínimamente tres años en la zona urbana antes de solicitar su legalización.
– La familia debe tener la escritura pública registrada, certificado de libertad y tradición o compra venta con una fecha no inferior a tres años en la zona urbana y 5 años en la zona rural, del predio donde está ubicada la vivienda.
– La vivienda debe tener impuesto predial.
– No haber recibido subsidio de vivienda antes.