En el caso de Antioquia, son varios los municipios que desde hace algunos años han luchado por evitar la minería en sus territorios, argumentando que su vocación es agrícola y turística, entre otras.
Con la decisión de la Sala Plena de la Corte Constitucional, que tumbó el Artículo 37 del Código de Minas, las regiones y municipios podrán prohibir o restringir la minería en sus territorios, ya que dicha norma los privaba de establecer qué zonas quedan excluidas de la actividad minera, de manera permanente o transitoria.
Dicho artículo fue demandado por los estudiantes de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de Antioquia y miembros del grupo de Clínica Jurídica de Minería Luis Guillermo Osorio, Yorman Efraín Torres, Juan David Franco Daza, Damián Ramírez y Miguel Arias, con el acompañamiento de la docente Diana Carolina Sánchez Zapata.
“Luego de hacer un trabajo arduo de investigación y recopilación de información, coincidimos en que era procedente iniciar una acción de inconstitucionalidad de la norma, por considerar que violaba la reserva de ley orgánica como vicio material de competencia y la distribución de competencias entre la nación y las autoridades territoriales”, explicó Damián Ramírez, estudiante de la Facultad de Derecho y Ciencias Políticas de la Universidad de Antioquia.
El Artículo 37 del Código de Minas-Ley 685 de 2001 señala que “con excepción de las facultades de las autoridades nacionales y regionales que se señalan en los artículos 34 y 35 anteriores, ninguna autoridad regional, seccional o local podrá establecer zonas del territorio que queden permanente o transitoriamente excluidas de la minería”. Los demandantes también argumentaron que dicha norma imponía límites a los Planes de Ordenamiento Territorial.
Con esta decisión los municipios tendrían herramientas para defender su posición, ya que en el caso de Antioquia, por ejemplo, desde hace algunos años, varios pueblos se han destacado porque sus comunidades han manifestado abiertamente que no quieren la minería en sus territorios, en el caso de aquellos en los que todavía no se practica esa actividad; y de que no se otorguen más títulos, en las municipalidades donde ya hay concesiones.
Jardín, Támesis y Urrao en la subregión del Suroeste, y Guarne en el Oriente, son algunos de esos municipios. Recomendado: Tres municipios del Suroeste le dicen no a la minería
Se está a la espera de que la Corte Constitucional de a conocer la sentencia en la que se establezcan los términos de la decisión.